Tuesday, March 10, 2020
Tiempos de Espera Antes de Solicitar la CiudadanÃÂa
Tiempos de Espera Antes de Solicitar la Ciudadanà a Despuà ©s de obtener la residencia permanente hay que esperar, en promedio, cinco aà ±os antes de pedir la naturalizacià ³n. Existen otros factores que se deben considerar como son el nà ºmero de meses que se lleva residiendo en el lugar donde se solicita el proceso y el nà ºmero de meses de presencia fà sica en Estados Unidos. Adems de los documentos que el proceso de naturalizacià ³n por residencia requiere, hay que aprobar un examen de conocimientos histà ³ricos y cà vicos y demostrar niveles bsicos de inglà ©s escrito y hablado. Diversas organizaciones en todo el paà s ayudan, de manera gratuita, a prepararse para el examen. Regla General: Cinco Aà ±os de Espera La regla general es que deben pasar cincoà aà ±os desde la fecha en que se obtiene la green card para convertirse en ciudadano americano por naturalizacià ³n. Dicha fecha est consignada expresamente en la tarjeta de residencia. Quienes obtuvieron su residencia temporal por programas de inversià ³n pueden sumar esos dos aà ±os como temporales a los tres como permanentes. La solicitud (formulario N-400) se puede enviar con un mximo deà 90 dà as antes de cumplirse dichos aà ±os.à Para cumplir con los requisitos de la naturalizacià ³n hay que: Haber residido en la jurisdiccià ³n de la oficina de USCIS a la que se envà a la solicitud durante los tres meses anteriores.Haber residido en Estados Unidos de manera continua durante los à ºltimos cinco aà ±os. Hay que contar con la acreditacià ³n de haber estado presente fà sicamente en el paà s durante 30 meses de dichos cinco aà ±os. Viajes largos o frecuentes a otros paà ses pueden generar problemas. Tiempos de Espera en Casos Especà ficos Residentes permanentes casados con ciudadanos: en este caso, los residentes pueden pedir la ciudadanà a pasados tres aà ±os desde que obtuvieron la residencia permanente, sin importar cà ³mo la obtuvieron en primer lugar. En este caso tienen haber estado casados por tres aà ±os con el mismo ciudadano (no aplica para viudos de ciudadanos), haber residido los à ºltimos tres meses en la jurisdiccià ³n de la USCIS a la que envà an la solicitud, acreditar que han residido en Estados Unidos durante los à ºltimos tres aà ±os y demostrar que han estado en territorio estadounidense durante 18 meses de los tres aà ±os. La persona que se casa con un residente que luego se naturaliza sà ³lo puede contar el plazo de los tres aà ±os a partir de la fecha en que su cà ³nyuge se convirtià ³ en ciudadano. Desde la solicitud hasta la naturalizacià ³n hay que residir en Estados Unidos. Excepciones a dicha regla suceden por maltrato conyugal, cuando el cà ³nyugeà maltratado de un ciudadano se separa y pide para sà mismo la green card porà el programaà VAWA apenas tres aà ±os despuà ©s de haber recibido la residencia permanente. Residentes con Residencia Condicional Previa: en este caso, la fecha en la que se inicia a contar los cinco aà ±os es la del dà a en la que se obtuvo la residencia condicional. Asilados: en este caso, el aà ±o en el que se residià ³ como asilado en los Estados Unidos suma para la regla de los cinco aà ±os. Asà que cuatro aà ±os despuà ©s de haber obtenido la residencia permanente, se puede solicitar la ciudadanà a. La USCIS hace este computo de manera automtica (rollback). Militares y familiares: en este caso, quienes hayan cumplido con honor su servicio pueden solicitar su ciudadanà a un aà ±o despuà ©s de haber iniciado el mismo. Si ya no estn en servicio activo pero se les ha dado licencia con honor tienen seis meses desde dicho dà a para solicitar su naturalizacià ³n (si pierden este margen de tiempo deben esperar tres o cinco aà ±os de acuerdo a lo que se explicà ³ anteriormente). Si un militar activo que es ciudadano fallece en su labor, su cà ³nyuge, padres e hijos pueden solicitar la residencia permanente. Y si ya son residentes, pueden aplicar inmediatamente por la ciudadanà a. Por otro lado, si un militar que es residente permanente fallece en servicio, sus familiares inmediatos pueden pedir la ciudadanà a pà ³stuma y, posteriormente, obtener para ellos mismos beneficios migratorios. Veteranos de Guerra: en este caso, todos quienes sirvieron con honor en cualquiera de las ramas del Ejà ©rcito de los Estados Unidos durante à ©poca declarada de hostilidadesà en una de las siguientes guerras pueden pedir la ciudadanà a americana despuà ©s de haber servido un sà ³lo dà a. Dichas à ©pocas son: Primera Guerra Mundial, Segunda Guerra Mundial, Guerra de Corea, Guerra de Vietnam, Guerra del Golfo Pà ©rsico, operacià ³n Enduring Freedom y la operacià ³n Iraqi Freedom. Este es un artà culo informativo, no pretende ser asesorà a legal.
Subscribe to:
Post Comments (Atom)
No comments:
Post a Comment
Note: Only a member of this blog may post a comment.